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Nueva Directiva sobre Crédito al Consumo
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Derecho - Usuarios y consumidores
Escrito por Redacción INJEF   
Viernes, 13 de Junio de 2008 10:43
El día 22 de mayo de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea,  la Directiva 2008/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de abril de 2008, relativa a los contratos de crédito al consumo y por la que se deroga la Directiva 87/102/CEE del Consejo.

La Directiva deberá adoptarse por los Estados miembros antes del 12 de mayo de 2010 y viene a sustituir a la anterior Directiva de 1987, con el objeto de crear un mercado único de créditos al consumo.

Las líneas básicas reguladas por esta norma son, entre otras:

1.- Los consumidores pagarán tan sólo un 1% de la penalización a las entidades cuando se decida zanjar el crédito al consumo, frente al 3% actual.

2.- Para los créditos de cuantía inferior a 10.000 euros no podrá exigirse comisión de cancelación anticipada.

3.- Se exige mayor transparencia en cuanto a la información dada en cuanto a la TAE.

4.- Se otorga un derecho de desistimiento al consumidor de 14 días, para que en ese plazo anule el contrato sin necesidad de indicar el motivo, período durante el cuál se puede devolver el bien.

 

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