| Cómo salir de una lista de morosos |
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| Escrito por Redacción INJEF |
| Lunes, 26 de Junio de 2006 01:00 |
El impago de una deuda puede conllevar que se incremente la misma con los pertinentes intereses de demora, las indemnizaciones por daños y perjuicios que demuestre el acreedor, así como las eventuales costas judiciales. Pero además el impago puede tener consecuencias de otro tipo, como es la inclusión en un registro de morosos (RAI y ASNEF). Aquí le mostramos cómo desaparecer de un registro de morosos.
El impago de una deuda puede tener como consecuencia la inclusión de los
datos del deudor en un “registro de morosos”. Este tipo de
registros llamados legalmente “servicios de información de solvencia patrimonial
y crédito” quedan regulados en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección
de Datos de Carácter Personal. En cuanto al régimen jurídico aplicable destacar lo siguiente: los datos de los particulares sólo pueden permanecer en los registros de morosos durante 6 años y siempre que respondan con veracidad a la situación actual de aquéllos. Para que se le pueda incluir en un registro de estas características, se debe cumplir lo siguiente:
El titular del fichero una vez que ha sido inscrito ha de notificarlo al interesado en el plazo de 30 días siguientes a su inscripción. De este modo, si los datos que figuran en el fichero no son correctos, habrá que instar al responsable del mismo para su cancelación a rectificación, para que el responsable del tratamiento haga efectivo este derecho en el plazo de 10 días. El acreedor está obligado a comunicar la cancelación en el plazo de una semana, si se tiene prueba documental que contradiga los datos que figuran en el mismo. Para darse de baja de los mismos deberá acreditarse la inexistencia de la deuda junto con una copia del DNI del interesado. El titular del fichero deberá responderle sobre la eliminación de sus datos en los diez días siguientes. Si no se obtiene respuesta habrá que dirigir reclamación a la Agencia Española de Protección de Datos adjuntado copia de la solicitud cursada. Además las personas que se hayan visto perjudicadas por una vulneración de la normativa de protección de datos tendrán derecho a recibir una indemnización a través de la interposición de una demanda ante la jurisdicción ordinaria, aunque se debería demostrar y cuantificar el perjuicio sufrido junto al coste que tiene el proceso. Si se trata de un fichero de titularidad pública se deberá reclamar por el régimen de las Administraciones Públicas. Principales registros de morosidad Seido, S.L. Catalina
Merino |







El impago de una deuda puede conllevar que se incremente la misma con los pertinentes intereses de demora, las indemnizaciones por daños y perjuicios que demuestre el acreedor, así como las eventuales costas judiciales. Pero además el impago puede tener consecuencias de otro tipo, como es la inclusión en un registro de morosos (RAI y ASNEF). Aquí le mostramos cómo desaparecer de un registro de morosos.