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El presente artículo analiza las ofertas de banca offshore que últimamente están proliferado en Internet. ¿Son legítimas estas entidades? ¿Se trata de bancos offshore verdaderos? ¿Su dinero está seguro con ellos? Este trabajo trata de dar respuesta a estas preguntas a la vez que aclara el concepto “banca offshore” y analiza el marco legal en el que se encuentran estas entidades.
La banca offshore o banca extraterritorial existe desde hace muchos años, pero últimamente están proliferando en Internet anuncios y ofertas, muchas veces relacionadas con inversiones en FOREX, para abrir cuentas en supuestas entidades offshore, que prometen privacidad total y exención de impuestos. ¿Son legitimas estas entidades o son un fraude? En este artículo trataremos de analizar este tema un poco más a fondo.
¿Qué es en realidad la banca offshore? Por definirla de una manera sencilla, puede decirse que se trata de entidades bancarias similares a las tradicionales, que todos conocemos, pero que están situadas en paraísos fiscales o los llamados centros financieros offshore. Estos bancos están amparados por una legislación especial que les garantiza ciertas ventajas, como libre movimiento de capitales, ausencia de controles de cambio, menor regulación y exención de impuestos para todos los depósitos y sus correspondientes intereses. A cambio de gozar de estas y otras ventajas, estas entidades tienen restringida su actuación a personas no residentes en el país donde se sitúan. Es decir, no pueden abrir cuentas o tomar depósitos de ciudadanos o empresas físicamente residentes en su país de constitución.
¿Cualquier banco situado en un paraíso fiscal es un banco offshore? No, ni mucho menos. Como mencionado anteriormente, sólo los son los constituidos bajo leyes especiales y que operan exclusivamente con personas físicas o jurídicas no residentes, reciben esta consideración. Junto a ellos conviven bancos tradicionales, que prestan servicios a los ciudadanos y empresas residentes. Evidentemente, también existen entidades con licencias para ambas actividades, para lo que cuentan normalmente con una división o unidad offshore.
¿Son confiables estas entidades? En principio, ni más ni menos confiables que la banca tradicional, ya que para poderse constituir deben cumplir con requisitos muy similares (capital mínimo, capacitación de sus responsables, etc.). Por lo general, la mayoría de paraísos fiscales ofrecen dos tipos de licencias bancarias offshore. Una sin restricción (normalmente llamada tipo A) y otra restringida (Tipo B), con menores requisitos de capital y que no permite ofrecer servicios directamente al público. Los bancos con licencias del tipo B normalmente son empleados por grupos cerrados de personas, empresas o grupos de empresas que buscan optimizar sus operaciones financieras mediante la auto-gestión.
Dicho esto, cabe destacar sin embargo, que muchos supuestos bancos offshore que ofrecen sus servicios en Internet no son en realidad tales bancos. Por un lado, existen entidades fraudulentas o inexistentes que anuncian tener licencias bancarias en lugares como Somalia, donde no existe un Gobierno estable. La sofisticación de algunos de estos fraudes, mediante la simulación de supuestos organismos supervisores o legislaciones offshore copiadas de otros países, ha sido tal, que incluso en ocasiones lograron engañar a ciertos bancos legítimos que actuaron como corresponsales de los defraudadores.
Un caso menos vistoso, pero mucho más común, es que se ofrezcan cuentas offshore a través de empresas con licencias financieras obtenidas en determinados países como Nueva Zelanda o Panamá, en algunos casos comercializadas a través de terceros países como Uruguay.
¿Qué diferencia existe entonces entre estas empresas financieras y un banco offshore licenciado verdadero? Son numerosas y muy importantes. Si bien las empresas financieras también están reguladas por leyes específicas, esta legislación es muy laxa y no está sometida a un control exhaustivo por parte del banco central del país de constitución o de la autoridad financiera competente. Normalmente, no se les exigen requisitos de capital mínimo como a los bancos, los cuales deben desembolsar generalmente un capital mínimo de varios millones de dólares. Las financieras no están cubiertas por seguros de depósitos del Estado, ni tampoco se suelen lleva a cabo verificaciones exhaustivas de sus propietarios o directores. Estos, al contrario que en el caso de los bancos, no deben reunir requisitos en cuanto a capacitación, honestidad, etc. Incluso es posible frecuentemente que se constituyan con directores o accionistas fiduciarios (los llamados nominees u “hombres de paja”). En el caso de los bancos verdaderos (extraterritoriales o no) esto está terminantemente prohibido. A un banco offshore además se le exige contar al menos con una oficina física localizada en la jurisdicción de constitución, cosa que no se le exige a la empresa financiera, que pude ser gestionada desde una habitación en cualquier lugar del mundo. Contrariamente a lo que mucha gente piensa, conseguir una licencia bancaria en una jurisdicción offshore respetable, no es ni mucho menos un trámite sencillo. De hecho, muchas de ellas llevan años sin autorizar nuevas entidades.
En resumen, aunque una financiera como por ejemplo una OFC (Offshore Financial Company) de Nueva Zelanda puede prestarle servicios similares a un banco, no puede ofrecer ninguna garantía sobre su solvencia ni sobre la capacidad (o en su caso honorabilidad) de sus propietarios y representantes. Una OFC o empresa financiera, normalmente trabaja con una cuenta de corresponsal en un banco o, en el caso de las que son pequeñas incluso con una o varias cuentas en diferentes entidades. Lo que el cliente en realidad tiene con la financiera no es una cuenta a su nombre, sino un simple apunte en un sistema interno, mientras que los fondos se encuentran depositados, junto con los de los demás clientes, en una cuenta a nombre de la financiera. El acuerdo de apertura de cuenta que el cliente acepta online o firma sobre papel es por lo general un contrato de trust (similar a un fideicomiso). Mediante el mismo el cliente cede la propiedad de su capital a un tercero (la financiera), pero con el compromiso de que le será devuelto bajo determinadas circunstancias. Es por este motivo, que cuando el usuario realiza una transferencia a “su cuenta” la tiene que hacer a nombre de su “supuesto banco”, indicando su popio nombre o su número de “cuenta” en la casilla reservada a comentarios.
Cabe recalcar que si bien estas financieras que ofrecen “cuentas offshore” en su mayoría son legales, son todo lo contrario a una inversión segura. El cliente estará prestando su dinero a una empresa de la que no tiene ninguna garantía sobre su solvencia, no tiene claro a quien pertenece, si es de fiar o desde donde está operando. Muchas páginas Web de estas financieras las cuales, sea dicho, a menudo se anuncian ilegalmente como “bancos ni siquiera muestran un domicilio de contacto o un teléfono local en su Web. Resulta difícil creer que alguien en su sano juicio pueda transferir 2500 o 5000 dólares (la cantidad mínima que se suele exigir para abrir cuenta) con los ojos cerrados a una compañía así y luego todavía se extrañe si es defraudado. Existen casos en los que sí se muestra una dirección de contacto, aunque probablemente será la de un servicio de oficina virtual o reenvío de correspondencia, el cual se puede contratar por unos cientos de dólares al año. Esto no es que sea algo negativo de por sí, muchas empresas usan servicios de este tipo, pero a la institución que manejará sus duramente ganados ahorros como mínimo debería exigirle un poco de cemento y ladrillo, aunque sea en una remota isla del Caribe.
Es probable que existan propietarios de este tipo de financieras que sean honestos, pero si no se publicita claramente quiénes son y se trata de alguna personalidad conocida en el sector financiero, correrá un riesgo enorme. Más o menos el mismo que asumiría prestando dinero a un desconocido con el que se encuentre por la calle. ¿Si le viniera un transeúnte y le dijera que tiene una inversión muy rentable y privada para su dinero, que sólo debe prestarle 5000 dólares y se los devolverá cuando los necesite, se los prestaría sin pensarlo? Pues es eso lo que está haciendo si abre una de estas cuentas.
Pongamos que tenga la suerte enorme de que los propietarios de la financiera sean honestos y además sean verdaderos expertos en finanzas (algo que tampoco está garantizado). ¿Quién le dice que no van a tener un golpe de mala suerte, un problema legal o cualquier otro contratiempo? Para una de estas financieras cualquier imprevisto puede acabar con la quiebra de la entidad, ya que no tienen capital desembolsado que las respalde. Otro riesgo es que el banco en el que la financiera tenga depositado el capital le bloquee los fondos. Conseguir una verdadera cuenta de corresponsal, que permita acumular importantes depósitos de terceros, es complicado y costoso (típicamente entre 100 000 y 200 000 dólares anuales). Si la financiera no tiene la capacidad para conseguirla, tratará de operar con cuentas normales. Esto tarde o temprano puede acabar en problemas con el banco que, puede cerrarle la cuenta corporativa completa o incluso bloquear los fondos para investigación.
Uno de los principales argumentos para captar clientes de las financieras es su gran nivel de privacidad. Algunas, en su publicidad, incluso hacen apología de la evasión fiscal. Es cierto que debido a que el dinero depositado, como vimos, está a nombre de la financiera, los datos del cliente no suelen ser conocidos por el banco desde el que se opera. Sin embargo, esta ventaja se convierte a su vez en una trampa mortal. Si la financiera desaparece un buen día con el dinero, al cliente defraudado le será muy difícil demostrar que le pertenecía. Si ha cometido evasión de impuestos, ni siquiera podrá denunciarles si no quiere buscarse un problema con Hacienda. Aquí vale lo de “quien roba a un ladrón tiene mil años de perdón”.
Conclusión: si desea contratar con una entidad offshore, debe asegurarse primero si realmente se trata de un banco. Esto es relativamente sencillo. Basta con visitar la página Web del Banco Central del país donde está situado el supuesto banco o en su defecto con el organismo regulador que se encargue de supervisar a las entidades offshore. En la mayoría de los casos estarán publicados los datos de los bancos licenciados en la propia Web del Banco Central. De lo contrario, puede enviarles un correo electrónico para realizar la consulta. A veces esto ni siquiera es necesario, ya que si el “banco” no pubilicita datos de contacto o información sobre su jurisdicción de constitución o encuentra cientos de entradas sobre la entidad en forma de “spam” en todo tipo de páginas o foros, puede dar por seguro que no se trata de una entidad seria y adecuadamente regulada. Los bancos licenciados tienen una imagen que mantener y obviamente un banco respetable no recurrirá a estas prácticas y menos aún le animará a que comenta fraude fiscal.
Utilizando el sentido común y realizando una mínima investigación resulta sencillo determinar si nos encontramos ante una entidad de banca offshore regulada o no.
Richard Ballester http://www.paraisos-fiscales.info
Richard Ballester es un experto en finanzas y banca internacional. Durante sus más de diez años de experiencia como consultor financiero, se ha convertido en una reconocida autoridad en el campo de los paraísos fiscales y la banca offshore. Es uno de los promotores de la página Web http://www.paraisos-fiscales.info
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