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Declaración anual de operaciones con terceras personas para empresarios y autónomos a realizar antes del 31 de marzo
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Fiscalidad - Novedades tributarias
Escrito por Redacción INJEF   
Lunes, 09 de Marzo de 2009 17:55

Novedades tributariasSegún se desprende del Real Decreto 1067/2007, de 27 de julio, y de la  Orden EHA/3012/2008, antes del 31 de marzo de 2009 se deberá presentar ante Hacienda la declaración Modelo 347, de declaración anual de operaciones con terceras personas,  de cara a reflejar ante la administración tributaria las facturas percibidas o emitidas durante el ejercicio 2008,  haciéndolo de forma separada e individualizada para aquellas de cifra superior a 6.000 euros satisfechas en metálico.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32 del Reglamento General de aplicación de los tributos, quedan obligados a presentar la declaración informativa de operaciones con terceras personas aquellas personas físicas y entidades en atribución de rentas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que tributen en dicho impuesto por el método de estimación objetiva y, simultáneamente, en el Impuesto sobre el Valor Añadido por los regímenes especiales simplificado o de la agricultura, ganadería y pesca o del recargo de equivalencia, por las operaciones en las que emitan factura.

El artículo 33.1 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión ei nspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos establece la obligación de incluir las subvenciones, auxilios o ayudas no reintegrables que se otorguen, y a su vez, el artículo 34.1 del Reglamento exige que se consignen de forma separada los importes superiores a 6.000 euros que se hubieran percibido en metálico de cada una de las personas o entidades relacionadas en la declaración y las cantidades que se perciban en contraprestación por  transmisiones de inmuebles, efectuadas o que se deban efectuar, que constituyan entregas sujetas en el Impuesto sobre el Valor Añadido.

 

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