Web jurídico INJEF.com
  
Google
INJEF.com Web


Contabilidad online para empresas
 


Bases de datos CEF


Nos están visitando...
Están conectados en estos momentos 12 lectores

Sindicación/Feeds
RSS FeedRSS ExcerptsRSS 0.91 FeedRSS 1.0 FeedRSS 2.0 FeedATOM Feed

 

Subscribe with Bloglines

Añade INJEF.com a Google


  
    
arrow  Actualidad arrow Tags Cloud arrow Derecho de las TIC arrow Diversidad legislativa en el comercio electrónico (Parte 1)

AVISO IMPORTANTE: Existe una nueva versión de INJEF disponible

Por favor, actualiza tus favoritos! Si no eres redirigido automáticamente en 10 segundos, haz click aquí para acceder a INJEF.com. Gracias.




Diversidad legislativa en el comercio electrónico (Parte 1)   Descargar en formato PDF  Imprimir artículo  Enviar artículo a un amigo por e-mail
Efrén Santos Pascual   - Valoración:starstarstarstarstar / 1
1 5
27-05-2004
Página 1 de 3
Repaso de la dispersa normativa española que regula la prestación de servicios por medios electrónicos, y las implicaciones resultantes en materia de contratación electrónica.

1. INTRODUCCIÓN

El comercio electrónico se ha convertido en los últimos años en una nueva vía de comunicación para poder ampliar negocio, por parte de las empresas, no sólo para dar a conocer su marca y productos a través de la Red, sino para que los consumidores, principales “accionistas” de las mismas, puedan  hacer, de una manera más sencilla y sin costes de desplazamiento, la compra de los artículos que consideren más convenientes a sus necesidades. Las empresas son conscientes del cambio evolutivo que la sociedad está experimentando y, es por ello que son cada vez más los canales de distribución de los que disponen las mismas para hacer frente a la demanda de servicios, por parte de los consumidores. Sin embargo, los consumidores no pueden dejarse llevar por la más atractiva de las técnicas para hacer uso del comercio electrónico, es decir, del establecimiento de una Página Web con múltiples contenidos, de múltiples animaciones, etc., este aspecto es importante, sobre todo de cara a la competencia, imagen y marketing que todo negocio debe realizar, pero no sólo ha de atenderse a esta dimensión, sino que ha de tenerse presente los derechos y obligaciones que tanto a una y otra parte le son aplicables, me refiero a derechos tan importantes para los consumidores como el desistimiento, justificante de compra, devolución, etc., y obligaciones impuestas a las empresas como la existencia de las condiciones generales de la contratación, protección de datos, registro, etc.

Desde otra perspectiva, es significativo que el comercio electrónico español no se encuentre dentro de las cifras que serían recomendables para considerarlo como un éxito y un cambio en la forma de comprar. Sin embargo, y lejos de las aspiraciones iniciales, bien la falta de conocimiento, por parte de las empresas, de los distintos medios de financiación existentes (ayudas y subvenciones por parte de la Administración a través de múltiples programas de implantación de las nuevas tecnologías) para poder afrontar el cambio y optar por esta nueva vía de comunicación, bien la total desconfianza de los consumidores, han hecho que el comercio electrónico en España no haya conseguido despuntar como en otros países.

Este artículo no pretende ser una orientación de los aspectos que hacen que el comercio electrónico no se encuentre en esas cifras de éxito, ni tampoco de las diferentes formas de financiación que las pequeñas y medianas empresas (PYMES) tienen para afrontar y hacer frente a este nuevo canal de información y venta, más bien es una exposición de la ausencia de una  normativa  unificada  para la  prestación de servicios por medios electrónicos, es decir, los aspectos que un consumidor debe tener en cuenta a la hora de comprar por medio de Internet, teléfonos móviles, PDA´s, etc.

Antes de comenzar a desarrollar los puntos conflictivos en la compra-venta de servicios por medios electrónicos, apuntaré una diferenciación de conceptos de vital importancia para entender la dificultad del tema. De este modo, los conceptos a tener en cuenta son comercio electrónico directo y comercio electrónico indirecto, y servicios de la sociedad de la información.

  • Por Comercio electrónico indirecto se entiende todo aquel comercio en donde sólo la oferta y la solicitud de compra se va a realizar por medios de equipos electrónicos (online) y sin embargo, la entrega del producto y/o el pago se va a realizar en el “mundo físico” (offline). En concreto es lo que equivale a la modalidad de contratación recogida en la Ley de Comercio Minorista, la llamada venta a distancia, donde la transmisión de oferta y aceptación se realiza por cualquier medio de comunicación a distancia, cualesquiera que sea su naturaleza y a través de un sistema de comunicación organizado por el vendedor. El típico ejemplo es una Página Web donde existe una serie de productos y servicios con un precio determinado, y el consumidor escoge el que mejor se adecua a sus necesidades, pero en el que la entrega y/o pago de ese producto se realiza fuera de la Página Web, en un lugar físico (offline).
  • Por Comercio electrónico directo se entiende todo aquel comercio en donde el proceso de compra y venta (oferta y aceptación del producto) se realiza por medio de equipos electrónicos (Internet, teléfonos móviles, PDA´s, etc.), por ejemplo, la compra de un libro por Internet en el que el consumidor visualiza la oferta insertada en una Página Web y acepta la misma, pagando el precio ofertado y descargándose el libro en su propio equipo electrónico, es decir, toda la operativa de compra-venta se realiza desde la Página Web del vendedor y desde el equipo electrónico del comprador. Dentro de este tipo de comercio electrónico se asimilarían las ventas a distancia recogidas en la Ley del Comercio Minorista, aunque no serán aplicables ciertos derechos que, por el contrario sí afectan al comercio electrónico indirecto. Esto sucede puesto que, la mayoría de servicios que se ofrecen en este comercio tienen excepciones de aplicación a la citada Ley.
  • Por Servicio de la Sociedad de la Información se entiende todo servicio prestado normalmente a cambio de una remuneración, a distancia, por vía electrónica y a petición individual  de  un  destinatario de  los servicios (consumidor).  De esta manera se expresa la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (en adelante, LSSICE) en las definiciones contenidas en los Anexos de la citada Ley.



 




Inicio | Aviso legal | Política de datos | Publicidad en INJEF.com | E-mail
Servicios jurídicos | Librería | Foros y bitácoras | Mapa del web | RSS
Alojamiento web en Ferca Network 



 
Crea tu cuenta gratis en Second Life


     
Foros en INJEF.com

Escribe un nuevo mensajeNuevo mensaje
Ver los mensajes más recientes Ultimos mensajes
Ver todos los foros: misderechos.injef.com Entrar en los foros

Entrar a este foroForo legal
Entrar a este foroDudas fiscales
Entrar a este foroEmpresas/trabajo
Entrar a este foroUrbanismo

Últimos mensajes
Foros INJEF.com
vie, 03 sep 2010 01:39
Powered by INJEF.com
Hola, mi caso es el siguiente: me han ofrecido una sustitución por vacaciones en una empresa sanitaria del sector privado. Hoy la gstoria me ha enviado los papeles y el caso es que leyendo el contrato...
duda contrato laboral por sustitucion - por: msg1981
hola, me gustaria saber si puedo bautizar a mi hija sin el permiso del padre. tengo que explicar que el padre tiene una orden de alejamiento sobre mi de 2 años y cuatro meses por violencia de genero y...
bautizar una hija sin permiso del padre - por: ALICIARANGEL
Vereis yo trabajo en unas instalaciones deportivas donde conoci a una chica. Empezamos una relacion y su ex novio va a las piscinas en las que yo trabajo, lo que parece una tonteria de celos por su pa...
Duda denuncia por amenaza AYUDA! - por: jenkyns
soy funcionario fijo.......tengo la pasibilidad de trabajar por las tardes por cuenta ajena......tendria que asegurarme la nueva empresa?.....en que condiciones?...
contrato laboral - por: dosher50
Buenos días. Tenemos un conserje en nuestra comunidad que no hace sus funciones. No limpia desde hace meses, grita a algunos vecinos, se esconde en el garaje a echarse la siesta, etc. El caso es que t...
Comunidad de propietarios - por: gomez
Hola! Buenos dias!Tengo una pequeña duda, espero que alguien me pueda ayudar. Mi problema es el siguiente: Tengo una tarjeta de crédito con Citibank, la cual debido a mi situación laboral hace ...
Pago de deuda con un 40% de descuento? - por: marmota7
Hola a todos! soy nuevo aki..Veran soy español y tengo novia colombiana, en breve voy a viajar a colombia y por razones obvias me gustaría traerla para aca. Toy pensando incluso en el matimonio...
nacionalidad española - por: tragao

RSS 0.91 - Clic aquí para obtener feed
¡Utiliza este feed RSS para estar siempre informado de la actividad del foro!


  Todos los derechos reservados © 1997 - 2008 INJEF.com