09-06-2004
Página 1 de 2 La Ley de Sociedad Limitada Nueva Empresa facilita la posibilidad de crear sociedades limitadas en 48 horas mediante el uso de un documento electrónico único y con una sola comparecencia ante el notario. El siguiente artículo le muestra los pasos para crear este tipo de sociedad, uno a uno.Con el procedimiento telemático, el emprendedor sólo tiene que ir presencialmente al Punto de Asesoramiento y del Inicio de Tramitación (PAIT) y al Notario, evitando así desplazarse para realizar el resto de los trámites y sin necesidad de utilizar formularios en papel (información suministrada por CIRCE).
Será el Sistema de Tramitación Telemática del CIRCE el que realizará los siguientes pasos:
Paso 1. Cumplimentación del Documento Único Electrónico (DUE)
El Nuevo Empresario acude al P.A.I.T. (Punto de Asesoramiento y del Inicio de Tramitación) donde se realiza el Paso 1 de cumplimentación del Documento Único Electrónico (DUE) mediante el programa facilitador PACDUE. Se genera la razón social de la Nueva Empresa (N.E.) y ésta se incorpora en el DUE.
Paso 2. Cita con el Notario
La cita con el Notario se obtiene a través una comunicación on-line del PACDUE con el sistema de Agenda OnLine de los Notarios; se obtendrán los datos del Notario, fecha y hora de la cita, los cuales se reflejarán en el DUE, el cual será impreso y firmado por el empresario. Finalmente se imprime para el Nuevo Empresario el desglose de pagos y las cuentas a las que tiene que ingresar las cantidades reflejadas (desembolso de capital y pagos de honorarios e impuestos si los hubiere).
Paso 3. Reserva en el Registro Mercantil Central (RMC)
Una vez iniciado el proceso, el Sistema de Tramitación Telemática del CIRCE (STTCIRCE) solicita la reserva de la Razón Social previamente generada, al Registro Mercantil Central (RMC) en el Paso 3. EL Registro Mercantil Central en respuesta a la solicitud, envía a través del CIRCE el Número de Referencia y un Asiento de Presentación correspondientes a la solicitud a aportar al Notario.
Paso 4. Generación de la Escritura
El Sistema de Tramitación Telemática del CIRCE envía los datos correspondientes del DUE firmados electrónicamente al Notario. Éste otorgará la escritura previa comprobación del desembolso del capital social por parte del/de los empresario/s y de la certificación de denominación social emitida por el Registro Mercantil Central.
Paso 5. Solicitud de CIF provisional
El notario envía a través del CIRCE la escritura a la Administración Tributaria (AT) junto con los datos pertinentes incorporados al DUE solicitando el código de identificación (CI) provisional. Cuando la Administración Tributaria recibe la escritura y la petición del notario, incluida en el DUE, firmadas electrónicamente, procesa la información y envía el CI provisional al notario a través del CIRCE firmado electrónicamente.
Paso 6. Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
El emprendedor realiza la petición de aplazamiento del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD), o en su caso liquida telemática o presencialmente el Impuesto.
<< Inicio
< Anterior |
1
2
| Siguiente >
Final >>
|