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COLABORACIONES Derecho,
Economía & Empresa Daniel Echaiz
Moreno La experiencia ha demostrado que los conceptos no son estáticos sino, por el contrario, dinámicos y que las ciencias del saber humano no son simples compartimentos independientes, puesto que se interrelacionan en mayor o menor medida. Ambas situaciones son auténtica expresión de la "globalización del conocimiento", fenómeno mundial cuyos alcances están descubriéndose hoy en día, pero cuya existencia data ya desde hace algunas décadas. El debilitamiento de las fronteras conceptuales (que, antes, se consideraban infranqueables) acarrea que el Derecho y la Economía, antiguas ciencias pilares de toda organización social, se acerquen entre sí y compartan tanto problemas como soluciones. Ellas sabiamente arriban a la conclusión que la búsqueda de un orden social justo donde prime la paz y la sana convivencia y donde, a la vez, se destierre la controversia y la incertidumbre jurídica exige su actuar conjunto y coordinado, de manera que ambas se necesitan en una relación de dicotomía ideal. Claro está que llegar a este nivel de pensamiento académico ha significado superar varios obstáculos, la mayoría de ellos simples e ilógicos complejos defendidos por economistas y abogados que se resisten, absurdamente, a aceptar las tendencias actuales imperantes en el mundo y que creen (erróneamente, por supuesto) "perder terreno" al sentir que su "área de dominio" (el Derecho o la Economía, según sea el caso) está siendo invadida. Nada más falso que dicho argumento. Apréciese que el conocimiento humano es perfectible porque evoluciona constantemente y si dicho afán de perfección demuestra que resulta idóneo el acercamiento del Derecho y la Economía a efectos de brindar una nueva perspectiva a modernas situaciones, figuras o instituciones jurídico-económicas, en buena hora. Que determinado profesional amplíe su bagaje cultural y académico con los aportes de una "ciencia amiga" no lo desmerece, sino muy por el contrario le confiere un valor agregado que le permitirá afrontar con mayor solvencia los retos laborales. Y, precisamente, esa "estrechez" se ha manifestado nítidamente entre el Derecho y la Economía, siendo de gran utilidad para nosotros, los abogados, en cuanto al tratamiento de los temas patrimoniales. En el campo estrictamente jurídico, la influencia económica ha generado la aparición y el consecuente desarrollo de diversas disciplinas, tales como el Derecho Mercantil o Comercial, el Derecho Societario, el Derecho Civil Patrimonial, el Derecho Económico, el Derecho Bancario, el Derecho de la Competencia, el Derecho Penal Económico y el Derecho Bursátil, entre otras. Todas ellas pretenden, en esencia, el análisis jurídico de figuras económicas, como las transacciones comerciales, el reparto de utilidades, los estados financieros, la contratación mercantil, el encaje bancario, las tasas de interés, los monopolios, el mercado de capitales, los instrumentos financieros, etc. Imaginemos que esta visión conjunta no existiese: quizás el Derecho exigiría el reparto de todas las utilidades cuando la Economía aconseja que es mejor la reinversión de parte de ellas y es por eso que hoy se permite que incluso la totalidad de las utilidades sean reinvertidas y no repartidas; o, también, podría ser que el Derecho considere adecuado prohibir los monopolios, pero la Economía permite apreciar que ellos no siempre son dañinos porque revelan el éxito empresarial y, así se llega a la conclusión que es mejor sancionar el abuso de la posición de dominio en el mercado. De la gama de figuras comunes y afines tanto al Derecho como a la Economía destaca una con luz propia por su trascendental importancia, cual es la empresa. Ésta, originalmente, surge en el tráfico económico como un mecanismo para el desarrollo organizativo y estructural de las actividades comerciales, siendo luego aprehendida por los juristas para darle un tratamiento legal. Y, con el paso del tiempo, la empresa se torna más compleja, a tal punto que sustituye al comerciante y se erige en el nuevo centro del enfoque jurídico patrimonial, surgiendo así el denominado Derecho Empresarial o Derecho de la Empresa, distinto a toda otra disciplina que pudiera parecérsele y de naturaleza multiperspectívica por su amplio contenido temático. En este orden de ideas, los abogados incorporan a su escenario temas como los grupos de empresas, el allanamiento de la personalidad jurídica, los intereses en la empresa, el control de las concentraciones empresariales, los signos distintivos, las finanzas corporativas, la contabilidad de la empresa, la cogestión laboral, la transferencia de empresas, las políticas de competencia, etc. El Derecho de la Empresa resulta ser, entonces, la respuesta adecuada ante el megafenómeno empresarial donde los abogados no pueden ser ajenos a las tendencias económicas. No olvidemos que la asesoría legal y la consultoría corporativa constituyen, actualmente, un importante soporte en el ejercicio profesional de muchos miembros del Foro; por tanto, estamos (sin lugar a dudas) ante un amplio espectro de actividades que exigen el actuar jurídico. La evolución mundial, la globalización, los avances tecnológicos, la propia organización social, la industrialización, el mundo empresarial y las necesidades del mercado promueven, consciente o inconscientemente, la redefinición del Derecho y el consiguiente despegue de esta novísima disciplina jurídica. Profundizar en su estudio es un reto para nosotros. Aceptemos el reto.
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