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IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Estás en: INJEF.com - Fiscalidad - IRPF

Consejos para ahorrar impuestos dentro de la legalidad
Siga nuestros consejos y ahorre impuestos en su próxima declaración de la renta.

{short description of image}Rentas regulares Vs. Rentas Irregulares.-
Siempre que sea posible no impute al ejercicio de la declaración los rendimientos procedentes de otros años distintos a aquél en que los ha recibido. Por ejemplo, en el caso de las rentas irregulares (aquellas que se han generado en un período de tiempo superior a un año) que haya Ud. percibido en el año 1997, declárelas como tales, pues diferirá así la tributación de una buena parte de las mismas a años sucesivos, y no se producirá el efecto de acumulación de rentas que tan serios efectos conelleva en un impuesto progresivo como es el IRPF.

{short description of image}Aplazamiento del pago de la cuota del IRPF.-
Es conveniente pagar la cuota del impuesto en dos plazos, así como domiciliar el mismo en una entidad bancaria.

{short description of image}Indemnizaciones por despido.-
No declare la parte de la indemnización por despido que haya Ud. percibido que no sobrepase los límites legales establecidos en el Estatuto de los Trabajadores, y cuide de que la empresa pagadora no le retenga ninguna cantidad por dicho concepto. Tan sólo deberá declarar, y en su caso que le pratiquen retención, por la parte de la indemnización que efectuivamente exceda de dichos límtes legales.

{short description of image}Declaraciones complementarias.-
Si ha olvidado Ud. declarar algún rendimiento en su declaración, ahórrese problemas realizando una declaración complementaria, y se evitará posibles multas y sanciones.

{short description of image}Documentos obligatorios.-
Si debe Ud. aportar documentos a la Administración junto con su declaración, asegúrese de que sean originales. Así evitará los requerimientos que puedan hacerle por este motivo.

{short description of image}Atrasos.-
Cuando reciba atrasos de su trabajo personal, deberá hacer una declaración complementaria del año en que Ud. adquirió el derecho a cobrarlos. Hágalo, pues se librará de declarar esos atrasos como rendimiento regular de 1996. Eso significa que pagará menos impuestos porque su base liquidable regular será menor.

{short description of image}Relaciones laborales especiales.-
Si es Ud. un trabajador con una relación laboral especial (de alta dirección, un representante de comercio o un deportista, pagará menos impuestos si reduce sus ingresos al declarar las dietas, gastos de viaje y manutención por el desarrollo de su actividad.

{short description of image}¿Préstamos de la empresa o anticipos?.-
Si necesita que su empresa le preste dinero, solicite un anticipo a devolver antes de un año, sin intereses, y esto porque no se considera una retribución en especie y, por tanto, no deberá declararlo. Si por el contrario su empresa le concede un crédito a un tipo de interés inferior al precio oficial del dinero, deberá tributar por la diferencia.

{short description of image}Gastos de locomoción, manutención y estancia.-
Asegúrese de que no le incluyen en el sueldo los gastos de locomoción, manutención y estancia, puesto que están exentos de tributación.

{short description of image}Prestaciones únicas por desempleo.-
Si hubiese recibido una prestación única por desempleo, sepa que puede distribuir ese importe entre los ejercicios en que le hubiera correspondido cobrar (rentas irregulares), y pagará menos impuestos.


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