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EL CIUDADANO DE LA UNION EUROPEA
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Dos nuevas propuestas legislativas tratarán de modernizar los fondos inmobiliarios de inversión en la UE
El ejecutivo europeo ha aprobado recientemente dos propuestas de modificación de la Directiva 85/611/CEE, relativa a las normas que regulan la actividad de los fondos de inversión colectiva en valores mobiliarios de la UE (OPCVM). El objetivo es ampliar su campo de actuación, al tiempo que renovar las reglas sobre las nuevas técnicas de gestión de inversiones de manera que éstas puedan adaptarse a la rápida evolución del entorno financiero.
09/06/2000

Aquí Europa
http://www.aquieuropa.com

Estas normas reconocen la validez de las nuevas técnicas de gestión

(31/05/00).- El ejecutivo europeo ha aprobado hoy dos propuestas de modificación de la Directiva 85/611/CEE, relativa a las normas que regulan la actividad de los fondos de inversión colectiva en valores mobiliarios de la UE (OPCVM). El objetivo es ampliar su campo de actuación, al tiempo que renovar las reglas sobre las nuevas técnicas de gestión de inversiones de manera que éstas puedan adaptarse a la rápida evolución del entorno financiero. Estas propuestas se enmarcan dentro del Plan de Acción sobre los servicios financieros, cuya misión es construir antes del 2005 un mercado financiero integrado a nivel europeo, tal y como solicitó el Consejo Europeo de Lisboa.

La directiva sobre los fondos de inversión mobiliarios preveía una autorización única para los organismos de inversión colectiva, de manera que éstos podían vender sus productos en el cualquier Estado miembro de la UE. Gracias a esta norma, estos sociedades se han instalado por toda Europa, y representan actualmente más del 35% del PIB comunitario. Sin embargo, este régimen de autorización se ha aplicado exclusivamente a las inversiones en valores inmobiliarios (acciones y obligaciones). La propuesta de la Comisión pretende ampliar su alcance para que puedan adaptarse a las nuevas formas que han surgido en el mercado, pero manteniendo los principios de base de la directiva de 1985, lo que acabaría por crear un verdadero mercado único para los fondos de inversión colectiva.

La primera de las dos propuestas levanta los obstáculos a la comercialización transfronteriza de los títulos de fondos de inversión inmobiliarios, ampliando para ello la gama de instrumentos en los que estos fondos pueden colocar sus activos. En el futuro, los fondos de inversión inmobiliarios tendrán la posibilidad de invertir no sólo en acciones y obligaciones, sino también de depósitos bancarios (fondos de tesorería o "cash funds"), en instrumentos de mercado monetario y derivados financieros, así como en otros organismos de fondos de inversión.

Las nuevas normas reconocerán también la validez de las nuevas técnicas de gestión de inversiones que ya están siendo utilizadas con éxito, como por ejemplo la reproducción de un índice, que consiste en invertir en títulos de diferentes emisores siguiendo la misma ponderación sobre la que reposa la composición de un índice oficial dado, o el préstamo de títulos.

La segunda propuesta se centra en el papel del intermediario financiero que administra los fondos de inversión y pretende introducir una serie de normas coordinadas relativas al acceso al mercado, a las condiciones de ejercicio y a las reglas prudenciales que deben respetar las sociedades de gestión. Esta coordinación permitirá introducir un régimen de autorización único o "pasaporte europeo" equivalente al que ya está en vigor para otros operadores financieros como bancos, firmas de inversión y compañías de seguros, de manera que los intermediarios financieros puedan ofrecer sus servicios en otro Estado miembro que forme parte integrante del mercado único. El objetivo es que estas medidas refuercen la protección de los inversores a quienes se les garantizará que los intermediarios son instituciones sólidas, serias y profesionales sometidas a una autoridad de vigilancia.

Según la Comisión, esta última propuesta acaba con la distinción existente entre la gestión individual y colectiva de una cartera. A partir de ahora, las sociedades de gestión podrán practicar simultáneamente la gestión de organismos de inversión colectivas y la de carteras, ya sea de inversores privados o institucionales, incluidos además los fondos de pensión profesionales.

La Comisión ya había presentado varias propuestas de modificación que fueron adoptadas en julio de 1998 y que han servido como base para la elaboración de los documentos actuales. Sin embargo, el anterior Parlamento no pudo finalizar su primera lectura antes de las elecciones europeas de junio de 1999. La nueva Eurocámara ya ha dado ese paso, es ahora el Consejo quién debe debatir sobre las propuestas de modificación antes de que éstas vuelvan al Parlamento Europeo para una segunda lectura.

Información proporcionada por:

Aquí Europa

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